JOSEPH & SONS SAC

martes, 9 de abril de 2013

CONSTITUCIÓN DE SUCURSAL EN LIMA- PERU

REQUISITOS PARA INVERTIR EN PERU A TRAVES DE LA CONSTITUCION DE UN SUCURSAL .-


La Ley General de Sociedades y el Reglamento del Registro de Sociedades de la SUNARP establecen varios de requisitos formales para el funcionamiento de la sucursal de una sociedad constituida y domiciliada en el extranjero, señalando que la sucursal se constituye por Escritura Pública, se inscribe en el Registro de Personas Jurídicas y debe contener los siguientes requisitos: 

1) El certificado de vigencia de la sociedad principal en su país de origen con la constancia de que su pacto social ni su estatuto le impiden establecer sucursales en el extranjero; 

2) Copia del pacto social y del estatuto o los instrumentos equivalentes en el país de origen; y,

3) El acuerdo de establecer la sucursal en el Perú, adoptado por el órgano social competente de la sociedad principal, que mencione: 

(a) el capital que se le asigna para el giro de sus actividades en el país; 
(b) la declaración de que tales actividades están comprendidas dentro de su objeto social; 
(c) el lugar del domicilio de la sucursal; 
(d) la designación de por lo menos un representante legal permanente en el país;
(e) los poderes que se le confieren; y, 
(f) su sometimiento a las leyes del Perú para responder por las obligaciones que contraiga la sucursal en el país.

Es importante resaltar  lo que se debe tener en cuenta en el proceso de la formación o creación de una sucursal en el Perú, siendo ellos, entre otros, los siguientes:

a)     La sucursal carece de personería jurídica independiente de su principal y la sociedad matriz responde por las obligaciones de la sucursal, siendo nulo todo pacto en contrario; estos desde el punto de  vista societario, pero desde el punto de vista tributario es una persona jurídica que paga sus impuesto como cualquier otra empresa, es decir:
.-Impuesto a la renta 30%
.-Impuesto General a las Ventas, bajo la modalidad de valor agregado – Tasa vigente 18%.
.-Asimismo están obligado a efectuar retenciones sea por nominas (Renta 5ta Categoría), o retenciones por servicios de
profesionales independientes (Renta de 4ta Categoría).
.- Retención por distribución de dividendos 4.10% y otros.

b)  No existe un monto mínimo de capital para asignar a la sucursal;

c)  En el acuerdo de establecimiento de la sucursal, debe señalarse claramente cuál será la actividad empresarial que la misma podrá realizar en el Perú, pues de lo contrario, el registrador público podría formular alguna observación;

d)  Existen dos alternativas para elevar a escritura pública la creación de la sucursal, la primera es a través del cónsul peruano en el país de origen de la matriz y posteriormente la firma del cónsul deberá ser refrendada por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú; y la segunda alternativa es hacerlo ante un notario público del Perú, siendo necesario para ello otorgar poder a alguna persona para que suscriba en el Perú la escritura pública en representación de la empresa matriz.

e)  Para extender la escritura pública y para otros trámites a llevarse a cabo en el Perú será necesario que previamente se realicen gestiones ante entidades estatales del país de origen de la matriz a efectos de legalizar, certificar y/o apostillar documentos (certificado de existencia y representación legal, Escritura Pública de constitución, acta de asamblea de socios, etc.) que se van a necesitar para la creación de la sucursal;

f)  Es recomendable que inicialmente el o los representantes legales permanentes sean de nacionalidad peruana; y en caso se opte porque sea extranjero se requiere que éste sea una persona que tenga un tipo de visa potencialmente generadora de renta de tercera categoría (visa de trabajo, de inversionista, etc.) o en su defecto tenga carné de extranjería. Esto es importante para que en su momento se pueda inscribir a la sucursal en el Registro Único del Contribuyente de la SUNAT, obtener el RUC y pueda iniciar operaciones. Ya posteriormente la sucursal podrá abocarse a regularizar la situación migratoria del representante legal extranjero a efectos de hacer el cambio respectivo ante las autoridades peruanas. 

g)  Para la obtención del RUC será necesario fijar el domicilio fiscal de la sucursal, siendo requisito para ello contar con una dirección en la ciudad señalada como domicilio social o en la ciudad de Lima;

h)  Las inversiones extranjeras (ejemplo: capital asignado a la sucursal) deberán registrarse ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN;

i)  Si la sucursal va a participar en procesos de selección convocados por entidades que se rigen por la normatividad de la Ley de Contratación Estatal, deberá inscribirse previamente en el Registro Nacional de Proveedores del OSCE;

j)  Para obtener el RUC en la SUNAT, el representante legal permanente de la sucursal (persona habilitada para ello según la legislación tributaria) deberá apersonarse a dicha entidad portando su documento de identidad, una copia literal expedida por la SUNARP donde se indique su designación y facultades y un recibo de luz, agua, etc. para señalar el domicilio fiscal. En esta etapa se elegirá el régimen tributario más favorable para la sucursal y se obtendrá la “clave sol”
que servirá para presentar las declaraciones juradas mensuales y anuales por las operaciones efectuadas o realizadas

k)  Luego de obtener el RUC se deberá comprar los libros contables que llevará la sucursal en el Perú y se debe hacer los trámites para las legalizaciones ante un Notario Público; que en el caso de una sucursal
están obligadas a llevar una contabilidad completa con todos los libros
contables es decir:
Libro Inventarios y Balances
Libro Caja Bancos
Libro Mayor
Libro Diario
Registro compras
Registro de Ventas o Ingresos

Actualmente estos libros son computarizados, mediantes sistemas contables que existen en  el medio.-

l)  Posteriormente se deberá hacer los trámites de autorización para imprimir las facturas de la sucursal

Cualquier  información adicional, consultar  al e-mail : Joseph.sons.sac@gmail.com o al móvil  949-942-817 

miércoles, 21 de diciembre de 2011

Profesionales Independientes o Personas Naturales que emitan Recibos Por Honorarios.

Si a partir de Enero del 2012, sus ingresos mensuales percibidos superen el monto de S/.2,661.00 y las
retenciones efectuadas no cubren el pago a cuenta, están obligados a presentar el PDT 0616 y pagar
la parte correspondiente.-

No presentar genera una multa y esta en relación a la UIT.

domingo, 3 de julio de 2011

Auditoria Externa

Con la ley 29720, se pone nuevamente en vigencia las auditorias externas para empresas
cuyos ingresos superen las 3,000 Unidades Impositivas Tributarias.

sábado, 4 de junio de 2011

Apoyo a las pequeñas empresas

Somos un equipo que brindamos asesoría integral, implementamos sistemas contable financiero y de costos y planteamos un análisis foda de su empresa.

miércoles, 13 de abril de 2011

BVL comentarios

La bolsa cae 6.22%; lo mas indicado es mantenerse liquido mientras dure el periodo de incertidumbre, hasta un nuevo gobierno.

martes, 12 de abril de 2011

reducciion aranceles para tejidos y confecciones

Textiles critican reducción de aranceles de importación para tejidos y confecciones

El Comité Textil de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) se mostró en contra de la reducción de aranceles de importación para 686 partidas de tejidos y confecciones, decretada por el MEF el fin de semana, porque según dijo, afectará seriamente la producción local, y demandó al titular del sector Ismael Benavides explicar las razones de la nueva medida.

Como se recuerda, el domingo, el MEF redujo las tasas de los derechos arancelarios para siete subpartidas arancelarias a 0% y para 792 subpartidas a 11%. En el caso de los textiles, la rebaja fue de 11% para hilos de coser de algodón, e hilados con un contenido de algodón, superior o igual al 85 % en peso. También para tejidos de algodón crudos con un contenido de algodón superior o igual a 85%, de ligamento tafetán, de peso superior a 100 gramos por metro cuadrado.

El gremio recordó que en diciembre último, ya el MEF rebajó los aranceles de importación para todos los tejidos planos, tejidos de punto e hilos de coser de 17% a 13%. "Y ahora, en menos de cuatro meses se vuelve a bajar de 13% a 11%. Lo mismo sucede en el caso de las prendas de vestir y otras confecciones", puntualizó.