Si a partir de Enero del 2012, sus ingresos mensuales percibidos superen el monto de S/.2,661.00 y las
retenciones efectuadas no cubren el pago a cuenta, están obligados a presentar el PDT 0616 y pagar
la parte correspondiente.-
No presentar genera una multa y esta en relación a la UIT.
retenciones efectuadas no cubren el pago a cuenta, están obligados a presentar el PDT 0616 y pagar
la parte correspondiente.-
No presentar genera una multa y esta en relación a la UIT.